Hasta
hace poco no existía el verbo «incautar». Sí, en cambio, «incautarse», con uso
pronominal, que significa ‘privar a alguien de
alguno de sus bienes como consecuencia de la relación de estos con un delito,
falta o infracción administrativa’. En la construcción oracional «incautarse» exige un complemento con la preposición «de». Así, es correcto
decir «la policía se incautó de un alijo de droga» pero no si se cambia la
frase por «la policía incautó un alijo de droga», convirtiendo «alijo» en un
erróneo complemento directo. En este caso lo correcto sería emplear verbos
transitivos que indican una acción igual o similar, tales como «caturar», «requisar» o
«decomisar». Sin embargo los recientes cambios en la norma impuestos por la
Nueva gramática de la lengua española de 2009 dan por válido el uso que antes
se consideraba incorrecto, y ya no incurre en error quien escribe «incautar una
pistola y diversa munición». Lógicamente, también es admitida la forma pasiva
antes vedada: «los billetes fueron incautados». De nuevo la costumbre se ha
impuesto sobre la regla y lo que durante un tiempo se juzgaba grave delito ha
pasado a ser autorizado por decreto. Se puede considerar un buen criterio si se
aplica a usos generalizados, como es el caso: las hemerotecas están repletas de
enunciados en los que «incautar» aparece como transitivo. Pero en tal caso es
preciso no crear confusión entre los hablantes manteniendo criterios distintos
según sea la fuente de consulta, como aquí ocurre. No estaría de más que la
versión en línea del DRAE recogiera el cambio en vez de mantener la antigua norma en colisión con lo fijado en la Nueva gramática.
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